Consejo Socialista de Gestión de Trabajadoras y Trabajadores Corpoelec Aragua

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jueves, 2 de mayo de 2013

Datos relevantes del Reglamento Parcial de la Ley del Trabajo

Estos son los contenidos más importantes del Reglamento Parcial con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, sobre el tiempo de Trabajo, publicado en la Gaceta Oficial N° 41.157 de fecha 30 de abril de 2013 y que circuló el día de hoy.
*  Las horas extraordinarias deberán fundamentarse en las circunstancias previstas en el artículo 179 0 180 de la Ley del Trabajo y deberá  ser autorizadas por el Inspector del Trabajo competente, según lo señala el artículo 10 del reglamento.
*  Cuando se trate de entidades de trabajo dedicadas a la prestación de servicios de salud, u otros servicios públicos esenciales para la vida de la población, que necesiten laborar horas extraordinarias con regularidad, el Ministerio del Trabajo, en consulta con las organizaciones sindicales correspondientes, podrá autorizarlas mediante resolución debidamente motivada, indica el artículo 11.
*  El tiempo destinado al descanso y alimentación podrá fraccionarse en dos partes iguales, previo acuerdo del trabajador y el patrono. En ningún caso podrán laborarse más de 5 horas continuas, según establece el artículo 12 del reglamento.
*  El trabajador tendrá derecho a descansar dos días continuos a la semana, en los que se incluirá el domingo, pudiendo establecerse los días de descanso sábado y domingo o domingo y lunes.
En los trabajos no susceptibles de interrupción podrán pactarse otros días distintos a los indicados  en el párrafo anterior, siempre que los días de descanso sean continuos.
En las entidades con horarios continuos y por turnos podrán fijarse días de descanso continuos distintos al domingo, sin la obligación de que sean continuos. Cuando en la semana se fije un solo día de descanso, deberá ser compensado con un día adicional de disfrute en el período vacacional correspondiente a ese año, con pago de salario y sin incidencia en el bono vacacional.

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